Rut, como alguien que había vuelto a Dios dejando atrás su pasado pagano, ejerció su derecho a participar del rico producto de la herencia del pueblo elegido por Dios. Según su estatus triple de peregrina, pobre y viuda, Rut ejerció su derecho a espigar la mies; al espigar, ella no mendigaba, sino que hacía uso de sus derechos. Que a Rut, una moabita, una pecadora pagana ajena a las promesas de Dios (Dt. 23:3; cfr. Ef. 2:12), se le otorgase el derecho a participar de la rebusca de la mies del pueblo elegido por Dios tipifica que a los “perrillos” gentiles se les conceda el privilegio de tener parte en las migajas bajo la mesa de la porción de los hijos elegidos por Dios (Mt. 15:21-28 y la nota Mt. 15:271). Así como Rut tenía el derecho a disfrutar del producto de la buena tierra después de entrar en ella, nosotros también tenemos derecho a disfrutar de Cristo como nuestra buena tierra después de haber creído en Él. Que Rut ejerciera su derecho a obtener y poseer el producto de la buena tierra significa que, después de creer en Cristo y ser unidos orgánicamente a Él, tenemos que ir en pos de Él a fin de ganarlo, poseerlo, experimentarlo y disfrutarlo (Fil. 3:7-16).
Este libro nos muestra el camino, la posición, los requisitos y el derecho que les corresponde a los pecadores de participar en Cristo y disfrutarle. Según lo dispuesto por Dios, quienes creímos en Cristo hemos sido hechos aptos y estamos en posición de reclamar el derecho a disfrutar de Cristo (Col. 1:12). Esto significa que no tenemos que mendigar rogándole a Dios que nos salve; más bien, podemos acudir a Dios a fin de reclamar Su salvación para nosotros. Estamos en posición de reclamar para nosotros la salvación provista por Dios, hemos sido hechos aptos y tenemos derecho a ello. Ésta es la norma más elevada respecto a recibir el evangelio.